Días
de radio para Julián Conrado por la Brújula del Sur (1)
Por
Indira Carpio Olivo y Ernesto J. Navarro (*)
Activistas
por la liberación y asilo político del cantor del pueblo colombiano
Julián Conrado le dedican una canción todos los días en el
programa La Brújula del sur.
Días
de radio para Julián Conrado abre la jornada artística Festival de
todas las artes, Amando venceremos (2)
una concentración los diferentes colectivos culturales, políticos y
sociales que se realizará desde finales de mayo a principios de
junio de 2012, en la capital de Venezuela.
La
semana la cerró con los comentarios, declamación y dedicatoria de
Luís Britto García al alzado en canto. El escritor y abogado
venezolano, ahora integrante del Consejo de Estado en el país, se
refiere a Julián con una palabra que repite el pueblo cuando habla
de Alí Primera: Amor.
Britto
se solidariza con Julián por miles de razones y aunque
no las hubiera, “es una cuestión de cumplimiento de la
constitución y de las leyes”
“Nuestra constitución que es la norma
suprema y por la cual Venezuela se ha mantenido dentro de los marcos
de la legalidad, incluso en situaciones muy difíciles, cuando la
atacan; establece que no se puede dar la extradición por supuestos
delitos políticos. Un hecho es delito político en un país, pero en
otro no lo es”, explica el jurista.
Si acaso la razón más importante, la razón
del corazón se deja colar en las palabras del activista. “Conrado
es un extraordinario creador, una fuente de composiciones, de
inspiraciones para nuestros pueblos y sería verdaderamente criminal
la entrega de un gran poeta y un gran trovador (...) Entregar a
Julián es… no sé… imaginen que repentinamente alguien alegara
una acusación contra Alí Primera y lo entregáramos a un sitio
donde lo van a meter una cárcel, donde corre peligro su vida y esa
es otra causa para evitar la extradición por razones políticas”.
Para Britto, desde el punto de vista jurídico
“es inaceptable” la entrega de Julián Conrado.
“Ya yo saqué un largo artículo, explicando
eso en el caso de Pérez Becerra (3) que esencialmente es un
periodista que llevaba décadas en el exterior, en un país
escandinavo y que fue entregado, en mi concepto, con violación
flagrante de un conjunto de normas. Es el mismo caso de Conrado”.
El caso de Julián sólo se corresponde con la
solidaridad humana, recuerda Britto. “Duele entregar a alguien en
manos de sus enemigos, entregarlo indefenso, a una persona que ha
dado tanto por sus ideales y que seguramente sería maltratado o
correría grave peligro su vida o llevaría una existencia que
difícilmente podría calificarse de existencia”.
LBG/ http://luisbrittogarcia.blogspot.com |
Injusticia
a la venezolana
El
canto de Julián Conrado encontró el camino más difícil, aquel que
sirve para alumbrar al pueblo, cuando el pueblo busca su liberación.
La voz de Julián se alzó para hacer las preguntas que incomodan a
los poderosos. Poderosos con prontuarios públicos a los cuales se
les confieren los beneficios de una justicia viciada por la mano del
hombre.
Al
preguntarle a Britto García sobre los casos de María Lourdes Afiuni
y Edmundo Chirinos, quienes han cometido crímenes contra la sociedad
venezolana y reciben el beneficio de casa por cárcel, mientras al
Julián enfermo no recibe siquiera atención médica, el escritor no
dudo de calificarlo como aberrante.
“Es verdaderamente escandaloso que en casos,
que efectivamente se comprueban delitos sumamente graves, que
prácticamente no son discutidos, que están probados, se les da casa
por cárcel, alegando razones de salud. Sabiendo además que esa tal
prisión de casa por cárcel es dejarlos prácticamente en libertad.
No tiene el Estado policías para destinarlos a custodiar a un
ciudadano en su propia mansión y eso equivale a una flagrante
situación de impunidad”.
Enseguida se pregunta el activista “¿qué
daño le ha hecho Julián Conrado a la comunidad venezolana? Fuera de
dar un ejemplo de dedicación desinteresada a una causa”.
No
deja de hacerse y hacer las preguntas que todos tenemos sin
respuestas. “Específicamente
¿qué daño le ha hecho Conrado a la comunidad venezolana? ¿Qué
acto ilegal ha cometido aquí en Venezuela? Fuera de estar acá, como
otros centenares de miles de personas, que buscan refugio en nuestro
país a las situaciones más diversas: persecuciones políticas,
situaciones económicas insolubles”.
La
Colombia de los desplazados
Actualmente
se cuentan en nuestro país millones de colombianos desplazados por
la situación de guerra que vive el país vecino. En 2010 los diarios
de circulación nacional como el Correo del Orinoco reseñó que cada
día huían a Venezuela 300 colombianos y colombianas (4).
“Venezuela
(durante) TODA SU HISTORIA ha abierto generosamente sus brazos a los
inmigrados independientemente de su condición política, de sus
creencias. Es una excepción lamentable que se trate así a un
cantautor”, explica Luis Britto, como cariñosamente se le dice al
escritor.
Asimismo insiste en el recurso legal. “La
justicia debería terminar por negar su extradición y darle
libertad. No puede estar prisionero en Venezuela una persona que no
ha cometido ningún acto que pueda ser considerado delictuoso. Yo
creo que no se ha comido ni una luz roja (rie)”.
Amar
no es pecado, ni delito/ Dedicatoria
Luis Britto García clarifica una verdad, que
hiere el corazón de aquellos que creemos en eso de que todo
revolucionario está movido por fuertes sentimientos de amor.
“El único delito de Julián, si es que eso
pudiera llamarse delito, es ser fiel a sus convicciones. Hay una
canción mexicana que dice si es pecado quererte que me condenen a
muerte. Si es pecado ser fiel a convicciones ideológicas habría
muchísimos condenados a muerte en Latinoamérica y en Venezuela. Ni
amar, ni ser fiel a las convicciones es pecado ni es delito. Hay que
evitar que esas condenas a muerte se ejecuten”.
La canción que le dedica el activista a Julián
Conrado tiene el sello primerista, venezolanista. “Quiero referirme
a nuestro gran cantautor Alí Primera quien tiene una canción
llamada canción panfletaria. Él le puso ese nombre porque para los
intelectuales exquisitos, el peor insulto es decir 'ay eso es muy
panfletario' y Alí, desafiante, hizo una canción panfletaria”.
Después de declamar dos versos de la canción,
Britto envió un abrazo a Julián que sabemos nos estaba escuchando.
Para
escuchar Días de radio para Julián Conrado, con declamación de
Luis Britto García:
Recordamos
que Britto García se ha plantado públicamente a favor de la
liberación de Conrado, esgrimiendo razones jurídicas de peso.
Declaró
en entrevista, (5)
hecha a los seis meses de que hubiesen encarcelado a Julián, lo que
sigue.
Fíjate, el artículo 69 de
nuestra constitución establece “La República Bolivariana de
Venezuela reconoce y garantiza el derecho de asilo y refugio. Se
prohíbe la extradición de venezolanos y venezolanas”. Luego, el
artículo 271 de la misma constitución añade que “En ningún caso
podrá ser negada la extradición de los extranjeros o extranjeras
responsables de los delitos de deslegitimación de capitales, drogas,
delincuencia organizada internacional, hechos contra el patrimonio
público de otros Estados y contra los derechos humanos”. Lo que
quiere decir por argumento contrario, que aquellos que no estén
incursos en esos delitos se les puede “negar” la extradición.
La constitución exige que se
realice un proceso judicial breve para tomar decisión. El derecho de
refugio y asilo, si se debe otorgar a cualquier persona que lo
merezca.
Por otro lado, la Convención
Sobre Asilo Territorial de la Organización de Estados Americanos
(OEA) en su artículo 3 establece claramente que “ningún Estado
está obligado a entregar a otro Estado o a expulsar de su territorio
a personas perseguidas por motivos a delitos políticos” y el
artículo 4 de la misma norma agrega que “la extradición no es
procedente cuando se trate de personas que, con arreglo a la
calificación del Estado requerido, sean perseguidas por delitos
políticos o por delitos comunes cometidos con fines políticos, ni
cuando la extradición se solicita obedeciendo a móviles
predominantemente políticos”.
En el caso e Julián Conrado se
dan toda esa serie de supuestos. Él no ha cometido delitos comunes,
se la está requiriendo por causas enteramente políticas.
También puedo señalar que el
Código Penal de Venezuela dice que la extradición de un venezolano
no podrá concederse por ningún motivo, pero la extradición de un
extranjero, por delitos comunes, no podrá acordarse sino por la
autoridad competente, de acuerdo con los trámites, además “no se
acordará la extradición de un extranjero, acusado de un delito que
tenga signado en la legislación del país requirente la pena de
muerte o una pena perpetua”.
En
todo caso, nuestro derecho y las convenciones a las que nos hemos
adherido, nos inclinan a conceder el derecho de asilo y refugio. Y en
lo que refiere a Julián Conrado, la prosecución que hay contra el
detenido tiene un fundamento político, eminentemente.
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(*) Periodistas intragables
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Para
ampliar las informaciones:
(1)
La Brújula del Sur es un programa que se transmite en la emisora del
Ministerio del Poder Popular para la Cultura, Alba Ciudad
(albaciudad.org,
@albaciudad, 96.3 FM) y Radio Rebelde (radiorebelde.info,
@radiorebelde915, 91,5 FM), conducido por Ernesto J. Navarro y
producido por Indira Carpio Olivo.
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